La Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales modifica el artículo 16 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, en los siguientes términos:
“La prevención de riesgos laborales deberá integrarse en el sistema general de gestión de la empresa, tanto en el conjunto de sus actividades como en todos niveles jerárquicos de ésta, a través de la implantación y aplicación de un plan de prevención de riesgos laborales.....”
“Este plan de prevención de riesgos laborales deberá incluir la estructura organizativa, las responsabilidades, las funciones, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los recursos necesarios para realizar la acción de prevención de riesgos en la empresa..........”
Una organización preventiva, coherentemente con los principios establecidos en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y su marco de reforma, tiene que propiciar la integración de la prevención en el conjunto de actividades y decisiones de la empresa, para lo cual deben establecerse los cauces para que todos los niveles de la organización realicen de una manera sistemática actuaciones preventivas, considerando las mismas como una parte inherente de su trabajo.
Es fundamental realizar un importante esfuerzo inicial en el desarrollo de una organización preventiva dirigida a fomentar una actitud proactiva y responsable hacia la seguridad en todos los niveles.
Ello supone una amplia participación del personal en las tareas preventivas y una importante dedicación de tiempo y esfuerzo para mantener la organización viva y productiva en el análisis de los riesgos, la adopción de medidas preventivas y correctivas, la aportación de ideas para mejora de la seguridad de las instalaciones y la promoción de comportamientos seguros en todo el personal,
La actuación preventiva en la empresa es susceptible normalización a través de un Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales basado en la especificación OHSAS 18001, el cual comparte principios y herramientas de gestión similares a los de otros sistemas de gestión, como son la gestión de la Calidad (ISO 9000) y la gestión Medioambiental (ISO 14.000)
El desarrollo de un Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales de acuerdo a los requisitos establecidos por la especificación OHSAS 18001, será la manera más natural y lógica de actuación de la empresa para cumplir con los nuevos requisitos legales integrando los principios rectores de su Política Preventiva, determinando el alcance de la actividad preventiva, la proyección de la misma a todos sus niveles de estructura jerárquica y funcional y la concreción de los medios precisos para lograr los fines propuestos.
En este sentido, la implantación del Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales iría desde la Dirección / Responsables de prevención hacia todos los estamentos de la empresa.
La especificación OHSAS 18001, que se utilizará como referencia en el diseño del Sistema, ha sido desarrollada para ser compatible a la de las normas ISO 9000 sobre gestión de la calidad y las normas ISO 14000 sobre gestión medioambiental, lo cual facilita su implantación en organizaciones que tengan experiencia en sistemas de gestión basados en dichas normas de referencia.