La Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) regula el tratamiento de datos personales en todas las empresas, organismos públicos y actividades profesionales
El derecho fundamental a la protección de datos personales deriva directamente de la Constitución y atribuye a los ciudadanos un poder de disposición sobre sus datos, de modo que, en base a su consentimiento, puedan disponerse de los mismos.
La Ley Orgánica 15/1999 regula el derecho fundamental a la protección de datos y dispone que será la Agencia Española de Protección de Datos la encargada de tutelar y garantizar el derecho.
Nuestra propuesta de asistencia técnica incluye:
- Notificación ante la Agencia Española de Protección de Datos todos los ficheros que contengan datos de carácter personal (clientes, proveedores, personal, asociados, etc).
- Adecuación de la actividad a las obligaciones establecidas por la ley para recabar, tratar y comunicar datos de carácter personal. Procedimientos internos y relaciones jurídicas con terceros.
- Elaboración del Documento de Seguridad obligatorio (Real Decreto 994/1999).
- Auditorías de seguridad de datos a realizar en aquellas empresas, organismos, etc. que sean de nivel medio o alto.
La labor jurídica de adecuar una empresa a la LOPD no sólo sirve para cumplir con la ley y evitar sanciones administrativas, sino también para proteger los datos de su empresa y garantizar la plena seguridad de la confidencialidad de la información.
¿Porqué adecuarse?
- Para evitar errores y sus graves consecuencias.
- Porque se protege el fondo de comercio más importante de la empresa.
- Porque los clientes son conscientes de sus derechos y los ejercen contra las empresas que los vulneran.
- Para evitar inspecciones y sanciones cuya cuantía puede llegar a ser de 600 a 600.000 €.